CONSEJO ESCOLAR
El Consejo Escolar del Centro cumple sus funciones y cometidos establecidos en el Reglamento Orgánico de los Centros Escolares de Primaria. Además, tal y como se establece en el artículo 8.5, estará compuesto por:
a) El Director del centro, que será su Presidente y actuará, también, como Secretario del
consejo escolar.
b) Un representante de los padres/madres de alumnos.
c) Un Concejal o representante del Ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle
radicado el centro.
El Consejo se reúne al menos una vez al trimestre, y siempre que sea necesario.
CLAUSTRO DE PROFESORES
El Claustro de maestros se encarga de planificar, desarrollar y evaluar el funcionamiento del centro, de la elaboración de los documentos programáticos así como la revisión de los documentos institucionales del centro.
Asume también el Claustro, junto con el asesor psicopedagógico del Equipo de Orientación de La Bañeza, las funciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica, con el fin de atender las necesidades de alumnos con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo.