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Reglamento de Régimen Interior (R.R.I)

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO CRA “VALLE DEL DUERNA”

ÍNDICE

1.- INTRODUCCIÓN

2.- DERECHOS DE LOS ALUMNOS

3.- DEBERES DE LOS ALUMNOS

4.- NORMAS DE CONVIVENCIA

            4.1- PRINCIPIOS FUNDAMENTALES PARA LA CONVIVENCIA

            4.2- NORMAS PARA LOS ALUMNOS

            4.3- PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN

5.- CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN EL CENTRO

            5.1- MEDIDAS CORRECTORAS

6.- CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO

            6.1- SANCIONES

7.- NORMAS PARA LOS PROFESORES

8.- NORMAS PARA LOS PADRES

            8.1- DERECHOS DE LOS PADRES

            8.2- DEBERES DE LOS PADRES

9.- NORMATIVA REGULADORA

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

1.- INTRODUCCIÓN

Durante este curso escolar 2014-15 es necesaria una revisión del anterior reglamento (2007-2008) para poder adaptarlo a la nueva normativa vigente. 

Este reglamento de Régimen Interno regula la organización y funcionamiento del CRA “Valle del Duerna” en su ámbito de aplicación. En él quedarán concretados:

  • Derechos y deberes de los alumnos
  • Normas de convivencia que garanticen el correcto desarrollo de las actividades      académicas.
  • Conductas contrarias a las normas de convivencia - Medidas correctoras
  • Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro.Sanciones
  • Normas para los profesores
  • Normas para los padres. Derechos y deberes
  • Plan de difusión de RRI y su modificación.

El RRI es un documento abierto, revisable en cualquier momento, cuyo único OBJETIVO es regular y fijar el marco de la convivencia en el centro.

Se revisará al comienzo de cada curso escolar, su contenido será consensuado y se dará publicidad a los aspectos más relevantes, especialmente en lo que respecta a alumnos, padres y profesores nuevos en el centro.

 Afectará a todos los miembros de la comunidad educativa y su cumplimiento tiene carácter obligatorio.   

2.- DERECHOS DE LOS ALUMNOS

1.- Derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.

IMPLICA:

1.1 La formación en el respeto a los principios democráticos de convivencia.

1.2 Adquisición de habilidades, capacidades y conocimientos que le permitan integrarse en la sociedad.

1.3 Orientación escolar y personal que le permita tomar decisiones de acuerdo con sus aptitudes y capacidades.

2.- Derecho a que se respeten su identidad, integridad y dignidad personales.

IMPLICA:

2.1 Protección contra toda agresión física o emocional.

2.2 Respeto a sus convicciones religiosas, morales y a la confidencialidad en sus datos personales.

2.3 Ambiente de convivencia que permita el normal desarrollo de las actividades académicas y fomente el respeto mutuo.

2.4 Que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad e higiene.

3.- Derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados con criterios objetivos.

IMPLICA:

3.1 Recibir información acerca de  los procedimientos, criterios y resultados de la evaluación, de acuerdo a los objetivos y contenidos de la enseñanza.

4.- Derecho a participar en la vida del centro y a utilizar sus instalaciones de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento.

5.- Derecho a protección social.

IMPLICA:

5.1 Dotar a los alumnos que presentes necesidades educativas especiales de recursos que compensen sus posibles carencias o desventajas.

3.- DEBERES  DE LOS ALUMNOS

1.- Deber de estudiar y esforzarse para conseguir el máximo rendimiento académico, según sus capacidades, y el pleno desarrollo de su personalidad.

IMPLICA:

1.1 Asistir con puntualidad a clase y participar en las actividades programadas.

1.2  Realizar las actividades encomendadas por los profesores y seguir sus orientaciones.

2.- Deber de respetar a los demás.

IMPLICA:

2.1  Respetar los derechos de sus compañeros

2.2  Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, así como a dignidad, integridad e intimidad de los miembros de la comunidad educativa.

2.3  Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa y sus pertenencias y no discriminar a estos por razón de nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social

3.- Deber de participar en las actividades del centro.

IMPLICA:

3.1  Participar de forma activa, tanto individual como colectivamente en las actividades del centro.

3.2  Respetar y cumplir las decisiones de los órganos competentes del centro.

4.- Deber de colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio y respeto.

IMPLICA:

4.1 Respetar las normas de convivencia establecidas en el presente R.R.I

4.2 Cuidar y utilizar correctamente el mobiliario, el material y las instalaciones del centro.

5.- Deber de ciudadanía

5.1 Todos los alumnos, según su edad, deben conocer y respetar los valores democráticos de nuestra sociedad. 

4.- NORMAS DE CONVIVENCIA

      El Plan de convivencia se incluye cada curso escolar en la PGA con las modificaciones pertinentes, aprobado por el Consejo Escolar del centro, y de acuerdo a la normativa en vigor (DECRETO 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos.

            4.1- PRINCIPIOS FUNDAMENTALES PARA LA CONVIVENCIA

  • El respeto mutuo entre todos los miembros de la comunidad educativa.
  • La creación de un clima agradable y distendido, facilitado por la libertad de      expresión, la no competitividad, la colaboración y la atención a la      diversidad.
  • La valoración de los comportamientos positivos de cualquier miembro de la      comunidad educativa.
  • La utilización adecuada de instalaciones y materiales.
  • La resolución educativa de los conflictos, abordándolos y resolviéndolos mediante      el diálogo.

 4.2- NORMAS PARA LOS ALUMNOS

a)    Se respetará el horario de entrada y salida.

b)    Las faltas de asistencia o puntualidad deben justificarse.

c)    Realizar las tareas que se le encomienden en las horas lectivas.

d)    Evitarán las conductas que interfieran en el desarrollo de la actividad académica.

e)    El tono de voz y el orden en las clases será correcto, evitando gritos golpes o ruidos molestos.

f)     Ningún alumno deteriorará intencionadamente o por negligencia los materiales, instalaciones o dependencias de centro, ni los bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

g)    Para el  uso de los materiales e instalaciones del centro se seguirán las indicaciones de los profesores.

h)   Asistirán a clase manteniendo las correctas normas higiénicas.

i)     No se permiten aparatos electrónicos que interrumpan el normal desarrollo de las clases.

j)      Ningún alumno saldrá del centro sin ser acompañado por un adulto.

k)    Deberá entregar a sus padres boletines, avisos, agendas o cuantas notas se den en el centro.

4.3-  PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN

  1. La      tutoría es el medio más adecuado para prevenir acciones contrarias a las      normas establecidas.
  2. Los      distintos sectores de la comunidad educativa deben estar informados de las      normas del centro, dando publicidad a las mismas dentro y fuero del      recinto escolar.
  3. Todos      los sectores pueden proponer modificaciones de las normas establecidas y      tienen el deber de asumir las aprobadas en el Consejo Escolar.
  4. La      convivencia y las normas del centro aprobadas en el consejo Escolar deben      ser revisadas, evaluadas y susceptibles de cambio cada curso escolar.
  5. Cada      tutor llevará a cabo un seguimiento del incumplimiento de las normas del      alumnado de su clase, reflejado en una ficha registro.
  6. La      mediación en los conflictos le corresponde, en primer lugar, al tutor/a      del alumno correspondiente. En todo caso y ante la ausencia de éste,      cualquier maestro/a puede mediar en el conflicto, debiendo informar cuanto      antes al tutor/a del alumno motivo del conflicto, quien, a su vez,      informará, si lo considera conveniente, a la familia.

5.- CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN EL CENTRO QUE SERÁN CONSIDERADAS COMO LEVES

1.- Actos de indisciplina, injuria y ofensas leves contra miembros de la comunidad educativa

2.- Falta de puntualidad o de asistencia a clase sin causa justificada.

3.- Conductas que pueden impedir o dificultar a sus compañeros del derecho o cumplimiento del deber de estudio.

4.- Causar daño no grave, por uso indebido en locales, materiales, documentos del Centro y en las pertenencias de los demás. 

5.- Deteriorar las condiciones de higiene del Centro. (falta de aseo o incorrección en la presencia)

6.- Mostrase irrespetuoso hacia las personas, bien por sus deficiencias físicas y/o psíquicas o bien por otras causas

7.- Cualquier acción que altere el normal desarrollo de la actividad escolar

5.1.- MEDIDAS CORRECTORAS

1.1 Solicitar excusas de forma individual o colectiva.

1.2 Suspensión del derecho a participar en actividades

2.1 Amonestación verbal.

2.2 Llamada o envío de nota a la familia

2.3 Realización de trabajos específicos en periodos de recreo.

3.1 Amonestación privada y/o por escrito que se comunicará a los padres o tutores.

3.3    Analizar las causas y/o asignar tareas complementarias si es necesario.

4.1 Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades de centro, o si procede dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o material de Centro o a las pertenencias de otros miembros de la Comunidad Educativa.

4.2 Reponer como mínimo, hasta el 50% del valor del daño causado cuando así lo determine la Comisión de Convivencia.

5.1  y 6.1 Amonestación verbal por el profesor que observe la conducta y modificación de la misma.

7.1 Modificación temporal del horario lectivo

            En la aplicación de estas medidas debemos considerar los siguientes aspectos:

  • Que tengan carácter educativo y recuperador
  • Que sean proporcionales a la conducta
  • Que tengan en cuenta su edad
  • Que no sean contrarias a la integridad física o a la dignidad personal
  • Que sean de aplicación inmediata

6.- CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA  LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO, QUE PODRÁN SER CONSIDERADAS COMO GRAVES O MUY GRAVES

1.- Los actos de indisciplina, injuria u ofensas graves contra los miembros de la Comunidad Educativa

2.- La agresión grave física o moral, contra los miembros de la Comunidad Educativa o la discriminación grave por razón de raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.

3.- La suplantación de personalidad es actos de la vida docente y falsificación o sustracción de documentos académicos.

4.- Los daños graves causados por uso indebido o de forma intencionada en los locales, materiales o documentos del centro o en bienes de otros miembros de la comunidad educativa.

5.- Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del Centro, o la incitación de las mismas.

6.- La incitación o estímulo a la comisión de una falta gravemente perjudicial para la convivencia.

6.1- SANCIONES

 Las sanciones a estas conductas son las que establece el artículo 49 del DECRETO 23/2014, de 12 de junio, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de Castilla y León.

6.1.1- Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Dichas tareas no podrán tener una duración inferior a 6 días lectivos ni superior a 15 días lectivos.

6.1.2- Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por un periodo superior a 15 días lectivos e inferior a 30 días lectivos.

6.1.3-Cambio de grupo del alumno durante un periodo comprendido entre 16 días lectivos y la finalización del curso escolar.

6.1.4- Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a todas ellas, por un periodo superior a 5 días lectivos e inferior a 30 días lectivos, sin que eso comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua y entregando al alumno un programa de trabajo para dicho periodo, con los procedimientos de seguimiento y control oportunos, con el fin de garantizar dicho derecho.

6.1.5- Expulsión temporal o definitiva del centro

6.1.6- Cambio de centro.

 Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro sólo podrán ser sancionadas por el Director previo informe del Consejo Escolar y requiere la instrucción de un expediente.

7.- NORMAS PARA PROFESORES

a)    Será responsable de su grupo de alumnos dentro del horario escolar y durante las actividades extraescolares.

b)    Considerará como horario de trabajo, y de obligado cumplimiento los periodos de recreo establecidos  y la exclusiva.

c)    Avisará con suficiente antelación sus ausencias al centro, justificándolas debidamente.

d)    Asistir puntualmente a clase y a las reuniones, comunicando con antelación cualquier retraso o ausencia.

e)    Podrá incluir en el Orden del Día de cualquier convocatoria los puntos que considere necesarios.

f)     Participará activamente en los Órganos Colegiados a los que pertenezca

g)    Procurará el contacto directo y el conocimiento personal de cada alumno y promoverá la relación con la familia, buscando siempre una mejor educación del alumno.

h)   No considerará la violencia física, verbal o de otro tipo como recurso pedagógico ni convivencial.

i)     Velar porque todos los alumnos cumplan las normas de convivencia establecidas en el presente reglamento. 

j) Pedir y controlar el que los alumnos aporten el material necesario para el desarrollo de sus tareas escolares

k) Cada tutor llevará a cabo un seguimiento del incumplimiento de las normas del alumnado de su clase, reflejado en una ficha registro.

 l) Hablar a los alumnos con consideración y exigirles la misma consideración.

m)  Cuando un alumno se encuentre enfermo, o sufra cualquier tipo de accidente, se pondrán en contacto con sus padres y no se dará ningún tipo de medicación.

n)   Cuando detectemos anomalías en alguna dependencia del centro, si no podemos solucionarlo lo pondremos en contacto de Dirección.

o)    Poner en conocimiento del Equipo Directivo las posibles incidencias que puedan surgir.

8.- NORMAS PARA LOS PADRES

  1. Asistirán al colegio cuando lo solicite el tutor, en las horas de visita de padres.
  2. Podrán asistir al centro cuando lo crean necesario, pero nunca en horario lectivo para no interferir en la marcha de las clases.
  3. Procurarán que sus hijos consideren el trabajo escolar como muy importante en su      formación.
  4. Colaborarán con el profesorado en el cumplimiento de las normas del centro.
  5. Serán puntuales para dejar y recoger a sus hijos en las horas de entrada y salida del centro, evitando que se queden solos en la calle.
  6. Los padres, tutores legales o personas debidamente autorizadas por ellos, serán los únicos que podrán recoger a los alumnos durante el horario lectivo. ( avisando con antelación al tutor)

8.1- DERECHOS DE LOS PADRES:

    • A ser informados del proceso educativo de sus hijos.
    • A participar en la elección de sus representantes en el Consejo Escolar.
    • A ser consultados en cualquier decisión que afecte seriamente a sus hijos.

     8.2- DEBERES DE LOS PADRES:

  • Estimular a sus hijos hacia el estudio implicándose en la mejora de su rendimiento y conducta.
  • A proveer a sus hijos del material y útiles necesarios para la realización del trabajo escolar.
  • A velar por la regularidad en la asistencia a clase y puntualidad de sus hijos.
  • A vigilar la limpieza e higiene de sus hijos.
  • Respetar y hacer respetar a sus hijos las normas que rigen el centro escolar

9.- NORMATIVA REGULADORA

 Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, dedica el Capítulo II del Título I a la regulación de la educación primaria.

DECRETO 23/2014 de 12 de junio, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de Castilla y León. 

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